Execucions hipotecàries: atenció a la DT 3a de la nova Ley 5/2019 de Crédito Inmobiliario que estableix règim especial per als procediments en curs
Diumenge passat va entrar en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora dels contractes de crèdit immobiliari. En la seva DT 3a estableix un règim especial en els procediments d’execució en curs després de la vigència de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social per donar compliment a les sentències de 29 d’octubre de 2015 i de 26 de gener de 2017 dictades pel TJUE.
La DT3a diu el següent:
1. En los procedimientos ejecutivos en curso a la entrada en vigor de esta Ley en los que al entrar en vigor la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, hubiera transcurrido el periodo de oposición de diez días previsto en el artículo 556.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las partes ejecutadas dispondrán nuevamente del plazo señalado en dicho artículo para formular un incidente extraordinario de oposición basado en la existencia de las causas de oposición previstas en el apartado 7.ª del artículo 557.1 y 4.ª del artículo 695.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil
2. Dicho plazo preclusivo se computará desde el día siguiente a la notificación de la resolución por la que se comunique a las partes ejecutadas la posibilidad de formular incidente extraordinario en los términos indicados en el apartado anterior. Esta notificación deberá realizarse en el plazo de quince días naturales a contar desde la entrada en vigor de esta Ley.
3. La formulación del incidente de oposición tendrá como efecto la suspensión del curso del proceso hasta la resolución del incidente, conforme a lo previsto en los artículos 558 y siguientes y 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
(…)
Recomanem una lectura atenta d’aquests i TOTS els altres apartats d’aquesta DT 3a per comprovar si és aplicable als procediments d’execució hipotecària que tingueu oberts i/o què cal fer si el Jutjat no us notifica dins el termini especificat.